Inicio > Visado de investigador
El visado de investigador es otro de los estatus que pueden ostentar personas extranjeras, y que les permitirán vivir durante un tiempo más o menos prologando en nuestro país.
También conseguir la nacionalidad española, por supuesto, así como otras ventajas que ahora te detallaremos. No se trata uno de los visados más solicitados, pero su otorgación, insistimos, es altamente beneficiosa para el peticionario.
Para obtener el visado de investigador en España, has de iniciar un proyecto enmarcado en lo que se conoce como I+D, es decir, investigación y desarrollo. No se trata de que implementes un negocio que genere empleo (como en el caso de los emprendedores), ni un negocio lucrativo (como es el caso de los trabajadores por cuenta propia).
Es un permiso cuya clave es la investigación y, claro está, la obtención de resultados. Por decírtelo “claro y pronto” una persona no puede exponer cualquier invento e instalarse en nuestro país a probarlo ni, mucho menos, sacarle rentabilidad económica.
Se trata de un plan serio cuyos requisitos generales pueden no quedar claros a los interesados. Nuestro despacho de abogados de Extranjería de Madrid te sacará de cualquier duda.
Pero vamos ya a especificarte los requisitos para la consecución de este envidiable estatus. Es necesario:
Todas estas tramitaciones podemos hacerlas por ti, asegurándote el cumplimiento de todos los requisitos. La agilidad en las tramitaciones, en las posibles traducciones juradas y en la conformación del plan de investigación, serán claves para que te sea concedido el visado por investigador en España.
Respecto a quiénes pueden obtener el permiso de residencia por investigación, en principio todas aquellas personas extranjeras que hayan cumplido con los anteriores requisitos.
Hay varios grupos a los que les resulta fácil conseguir el visado de investigación. Un ejemplo son los solicitantes con contratos docentes, es decir, que van a ejercer (mediante contrato) en universidades y centros de investigación españoles.
También los doctorados que prueben que han sido incorporados a un centro docente o de investigación, podrán conseguir el permiso. Igualmente, entran en el grupo todo investigador suscrito a convenios de entidades investigadoras, tanto públicas como privadas.
Otros solicitantes que entran en el grupo de admitidos, son los profesionales investigadores adscritos a Ciencia, Tecnología e Innovación. El artículo 13 de la Ley 14/2011 del 1 de junio, aclara todo lo relativo a este supuesto.
El permiso de investigador se solicita, primeramente, por parte de la entidad que contratará al extranjero investigador. El procedimiento es online y deberá ser remitido a la UGE (Unión de Grandes Empresas) con sede en Madrid.
La solicitud puede realizarse con el visado de turista o, bien, desde el país originario del investigador. Los documentos que deben presentarse son:
Como debe quedarte ya claro, el permiso de investigación tiene muchas ventajas para quien lo obtenga. Dados los emolumentos que perciben las personas extranjeras, no les será complicado realizar otros trámites para traerse consigo a familiares, para prorrogar su estancia o para lograr la nacionalidad española.
Como en otras áreas del Derecho de Extranjería, las leyes se modifican con una regularidad que escapa a los no iniciados. Solo especialistas podrán ayudarte a salvar todos los obstáculos administrativos y/o legales, y facilitar la consecución de tu permiso.
Nuestra oficina de abogados está formada por profesionales cualificados en todas y cada una de las ramas de Derecho de Extranjería. Como hemos mencionado antes, la concesión del visado de investigador es muy interesante, pero no está exento de problemas si se producen errores técnicos en la redacción de documentos, si no se presentan a prueba o se desoyen notificaciones. Deja todo en nuestras manos.